La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) emitió la Disposición Nº 59/2026, mediante la cual incorpora un nuevo requisito obligatorio para todos los trámites vinculados con la Licencia Nacional de Conducir.
La norma establece que, junto con cada nuevo trámite, el ciudadano deberá denunciar un domicilio electrónico en carácter de declaración jurada, donde serán válidas todas las notificaciones oficiales relacionadas con:
- el estado de la licencia,
- la tramitación en curso,
- y los antecedentes nacionales de tránsito atribuidos al solicitante.
El artículo 1º dispone expresamente que “se deberán denunciar en carácter de declaración jurada un domicilio electrónico como requisito indispensable para la continuidad del trámite” .
Asimismo, se aprueban dos anexos para su implementación:
- Anexo I: texto para incorporar en la página web de gestión de trámites de la Licencia Nacional de Conducir.
- Anexo II: declaración jurada que se integra al Formulario Único de Trámite del SINALIC, donde el ciudadano manifiesta y acepta que todas las notificaciones serán válidas en el correo electrónico declarado. “Entiendo y acepto que, en la dirección de correo electrónico que declaro, se tendrán como válidas todas las notificaciones…” .
La disposición instruye a las áreas técnicas de la ANSV —Informática, Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito— para implementar y hacer efectiva esta nueva exigencia en todo el país.
